Edad de jubilación en 2026 y 2027
En 2026, la edad de jubilación es de 66 años y 10 meses, o de 65 años para quien haya cotizado al menos 38 años y 3 meses. En 2027 sube a 67 años, o 65 con 38 años y 6 meses cotizados.
Ley General de la Seguridad Social, texto consolidado del BOE (última actualización: 3 de octubre de 2026).
- edad de jubilación en 2026
- 66 años y 10 meses
- o 65 años con 38 años y 3 meses cotizados
- en 2027
- 67 años
- o 65 años con 38 años y 6 meses cotizados
La edad de jubilación, año a año
Sube poco a poco desde 2013. Con el periodo cotizado de la última columna, la jubilación llega a los 65 años.
| Año | Edad de jubilación | Cotización para jubilarse a los 65 |
|---|---|---|
| 2013 | 65 años y 1 mes | 35 años y 3 meses |
| 2014 | 65 años y 2 meses | 35 años y 6 meses |
| 2015 | 65 años y 3 meses | 35 años y 9 meses |
| 2016 | 65 años y 4 meses | 36 años |
| 2017 | 65 años y 5 meses | 36 años y 3 meses |
| 2018 | 65 años y 6 meses | 36 años y 6 meses |
| 2019 | 65 años y 8 meses | 36 años y 9 meses |
| 2020 | 65 años y 10 meses | 37 años |
| 2021 | 66 años | 37 años y 3 meses |
| 2022 | 66 años y 2 meses | 37 años y 6 meses |
| 2023 | 66 años y 4 meses | 37 años y 9 meses |
| 2024 | 66 años y 6 meses | 38 años |
| 2025 | 66 años y 8 meses | 38 años y 3 meses |
| 2026 | 66 años y 10 meses | 38 años y 3 meses |
| Desde 2027 | 67 años | 38 años y 6 meses |
Fuente: disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social; desde 2027, su artículo 205. Los periodos se cuentan en años y meses completos, sin la parte proporcional de las pagas extra.
Lo mínimo cotizado para cobrar la jubilación
- cotización mínima
- 15 años
- 2 de ellos, dentro de los 15 años anteriores a la jubilación
Artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social.
Jubilación anticipada
- por voluntad propia
- 2 años antes, como mucho
- con al menos 35 años cotizados
- por despido u otra causa ajena al trabajador
- 4 años antes, como mucho
- con al menos 33 años cotizados
- Por voluntad propia (artículo 208): la pensión que resulte tiene que ser mayor que la pensión mínima que correspondería a los 65 años.
- Por despido u otra causa ajena (artículo 207): hay que llevar al menos 6 meses inscrito como demandante de empleo, y el cese tiene que deberse a una de las causas de la ley, como un despido colectivo o por causas objetivas.
- En las dos, la pensión se reduce por cada mes que falte para la edad de jubilación. Para saber esa edad, la ley cuenta lo que se habría cotizado de seguir trabajando hasta cumplirla.
Jubilación demorada
- más de pensión por cada año de retraso
- 4 %
- por año completo cotizado después de la edad de jubilación
- En lugar de ese porcentaje se puede elegir una cantidad a tanto alzado, o una combinación de las dos. Si no se elige, se aplica el porcentaje.
- A partir del segundo año completo de retraso, los periodos de más de 6 meses y menos de un año suman un 2 %.
- Hace falta tener ya, al cumplir la edad de jubilación, el periodo mínimo de cotización (15 años).
Artículo 210 de la Ley General de la Seguridad Social.
La edad real de jubilación
- edad media al jubilarse en 2025
- 65,3 años
- 375.324 pensiones de jubilación nuevas
- jubilación anticipada
- 63,3 años
- 117.445 pensiones
- jubilación demorada
- 68,3 años
- 40.952 pensiones
Es la edad de quienes empezaron a cobrar la jubilación ese año, no la de todos los pensionistas. En 2026, hasta agosto, 65,4 años.
La edad media, año a año (2017-2026)
| Año | Todas | Anticipada | Con la edad ordinaria | Demorada | Pensiones nuevas |
|---|---|---|---|---|---|
| 2026, hasta agosto | 65,4 | 63,4 | 66,3 | 68,3 | 247.161 |
| 2025 | 65,3 | 63,3 | 66,2 | 68,3 | 375.324 |
| 2024 | 65,2 | 63,3 | 66,1 | 68,0 | 368.065 |
| 2023 | 65,1 | 63,2 | 66,0 | 67,9 | 326.949 |
| 2022 | 64,8 | 63,0 | 65,9 | 68,5 | 327.872 |
| 2021 | 64,7 | 62,9 | 65,8 | 68,5 | 316.156 |
| 2020 | 64,6 | 62,7 | 65,8 | 68,6 | 285.870 |
| 2019 | 64,4 | 62,5 | 65,7 | 68,8 | 303.394 |
| 2018 | 64,2 | 62,3 | 65,7 | 69,0 | 328.159 |
| 2017 | 64,2 | 62,2 | 65,6 | 69,0 | 309.709 |
Años. «Con la edad ordinaria» incluye la demorada, y «Todas», también las del SOVI (seguro obligatorio de vejez e invalidez).
Fuente: Seguridad Social, altas iniciales de jubilación por modalidades, publicado el 30 de septiembre de 2026. Edad en la fecha de efectos económicos del alta, en años y fracción de año.
Lo que dice la ley
Las frases de la Ley General de la Seguridad Social (10)
- Artículo 205.1.a). «Haber cumplido sesenta y siete años de edad, o sesenta y cinco años cuando se acrediten treinta y ocho años y seis meses de cotización, sin que se tenga en cuenta la parte proporcional correspondiente a las pagas extraordinarias.»
- Artículo 205.1.b). «Tener cubierto un período mínimo de cotización de quince años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.»
- Artículo 208.1. «Tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad que en cada caso resulte de aplicación según lo establecido en el artículo 205.1.a), sin que a estos efectos resulten de aplicación los coeficientes reductores a que se refieren los artículos 206 y 206 bis.»
- Artículo 208.1. «Acreditar un período mínimo de cotización efectiva de treinta y cinco años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias.»
- Artículo 207.1. «Tener cumplida una edad que sea inferior en cuatro años, como máximo, a la edad que en cada caso resulte de aplicación según lo establecido en el artículo 205.1.a) sin que a estos efectos resulten de aplicación los coeficientes reductores a que se refieren los artículos 206 y 206 bis.»
- Artículo 207.1. «Acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 33 años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias.»
- Artículo 207.1. «Encontrarse inscrito en las oficinas de empleo como demandante de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la jubilación.»
- Artículos 207.2 y 208.2. «A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se considerará como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a).»
- Artículo 210.2. «Cuando se acceda a la pensión de jubilación a una edad superior a la que resulte de aplicar en cada caso lo establecido en el artículo 205.1.a), siempre que al cumplir esta edad se hubiera reunido el período mínimo de cotización establecido en el artículo 205.1.b), se reconocerá al interesado un complemento económico que se abonará de alguna de las siguientes maneras, a elección del interesado.»
- Artículo 210.2.a). «Un porcentaje adicional de un 4 por ciento por cada año completo cotizado entre la fecha en que cumplió dicha edad y la del hecho causante de la pensión»
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la edad de jubilación en 2026?
66 años y 10 meses. Quien haya cotizado al menos 38 años y 3 meses puede jubilarse a los 65 (disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social).
¿Cuál será la edad de jubilación en 2027?
67 años, o 65 con al menos 38 años y 6 meses cotizados. Es la que fija el artículo 205 de la ley para 2027 y los años siguientes.
¿Cuántos años hay que cotizar para jubilarse a los 65?
38 años y 3 meses en 2026 y 38 años y 6 meses en 2027. Se cuentan años y meses completos, sin la parte proporcional de las pagas extra.
¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar la jubilación?
Al menos 15 años, y 2 de ellos dentro de los 15 años anteriores a la jubilación (artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social).
¿Cuándo se puede pedir la jubilación anticipada?
Por voluntad propia, hasta 2 años antes de la edad de jubilación y con 35 años cotizados. Por un despido u otra causa ajena a la voluntad del trabajador, hasta 4 años antes, con 33 años cotizados y 6 meses inscrito como demandante de empleo. En los dos casos, la pensión se reduce por cada mes de adelanto.
¿Qué se gana retrasando la jubilación?
Un complemento por cada año completo cotizado después de la edad de jubilación: un 4 % más de pensión por año, una cantidad a tanto alzado o una combinación de las dos. A partir del segundo año completo de retraso, los periodos de más de 6 meses y menos de un año suman un 2 %. Hace falta tener ya, al cumplir la edad, el periodo mínimo de cotización (15 años).
¿A qué edad se jubila la gente en España?
A los 65,3 años de media en 2025, la edad de quienes empezaron a cobrar la jubilación ese año (375.324 pensiones nuevas), según la Seguridad Social. Los que se jubilaron antes de tiempo lo hicieron a los 63,3 y los que la retrasaron, a los 68,3.
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Texto consolidado, de carácter meramente informativo (solo es oficial el publicado en el BOE), con la última actualización publicada el 3 de octubre de 2026. Los resúmenes en lenguaje llano son de Reloj Público; las frases entre comillas, del BOE. Reutilización de los datos →